martes, 30 de agosto de 2011

Blogging in the night.


Respuesta a Gabriel, en el blog de  Eduardo del Llano Wordpress.com, sobre el desalojo de manifestaciones públicas y otros comentarios afines.



Gabriel, resulta muy objetiva tu reseña aunque dudo que pudiera materializarse. Te imaginas quién de los allí reunidos para protestar aceptaría un ticket de esa naturaleza? Imagino que no y resulta obvio los resultados de ese intento. Pero retomando la sartén como lo hiciste en principio no puede olvidarse que la calificación de la conducta humana a la luz del derecho requiere haberse formulado con antelación un norma dispositiva que encierre en sí misma cómo las personas habrán de conducirse a partir de la promulgación de la misma. Inmediatamente comprenderás que esta metodología de la praxis del derecho es inaplicable a las multitudes. De modo que para el caso concreto no se ajustaría.

Sin ánimo de buscar una salida elegante como la que propones, hay que repasar lo que prevé la ley acerca de las manifestaciones públicas en cada lugar porque la norma debe regular qué hacer en cada caso. A la distancia de lo dicho resulta evidente que la manifestación es legal y el desalojo de lugares públicos también lo es. Lo que verdaderamente no lo es resulta el comportarse en extremos. Salir a la calle y portando un medio audiovisual reclamas o pides lo que consideres razonable guardando las distancias y esa acción resulta apoyada por otros tantos, haz conseguido el propósito de manifestar tu opinión, haz ejercido el derecho de libertad de opinión y expresión en plena calle. Sin embargo, si después de lograrlo te aferras a una conducta que altera el orden público establecido, entonces te conviertes en un infractor y si son cientos, en cientos de infractores que no pueden ser procesados como propones. Las autoridades ante esa situación vienen obligadas a hacer cumplir lo estipulado antes de esas manifestaciones callejeras y restaurar el orden público alterado pues los que residen, trabajan o hacen otras actividades en el entorno están perjudicados por esa acción que ya es irreprochable; una de las características de la infracción de ley. Luego entonces, ante la ecuación infractor-autoridades, los primeros están obligados a obedecer a los que en derecho administrativo son agentes del estado con la autoridad que dimana de él para obligar a los demás a conducirse de cierta forma. Conclusiones: el desalojo es LEGAL, estrictamente legal. Los bastonazos ?...es difícil de enjuiciar a un agente que recibe una bofetada y no la riposta en defensa propia más que lo que dimane de su uniforme y autoridad de que está investido. Es difícil creer que un agente de la policía no propine un buen empujón a aquél que les recuerde a todos sus abuelos y abuelas y otros familiares con voz de chivo enfurecido en medio del desorden de un tumulto semejante. También es difícil soportar un empellón que te propina un policía cuando no te mueves cuando te lo exige y si no te mueves...entonces le estás dando luz verde para que te empuje. Así se caldean los ánimos_porque ninguno de nosotros tiene miel en las venas_ y se pasa a mayores.

Pero si de Cuba se trata, las cosas cambian porque en Cuba no hay ni estado de derecho ni tampoco instituciones que protejan al individuo. Es estado cubano es absoluta y totalmente hegemónico y el conocimiento por décadas de esta cruel realidad hace más miserable e indefensa la seguridad física de la persona. Algunas de las leyes que fantasean el estado de derecho en Cuba significan un trozo de papel, como por ejemplo el precepto constitucional que establece que la persona es inviolable. Inviolable ?; no han visto en plena plaza de la Catedral cómo la policía detiene a un sujeto y le registra sus pertenencias personales como si fueran del propio agente ?; o cómo detienen un vehículo en una carretera, exigen los documentos de identificación de todos y minuciosamente registran hasta el tubo de escape y si protestas te dicen que hay un "operativo" como si eso significara alguna cosa importante para ti que vas con prisa a la visita de tu amigo en el hospital o a coger un tren para Guantánamo.

En Cuba siempre han existido disidentes, pero los disidentes siempre han sido perjudicados con toda mala intención con epítetos que lo hacen merecedores de los mayores maltratos e injusticias. Primero le llamaban batistianos, luego esbirros y chivatos; más tarde vende patrias y gusanos y así hasta mafiosos de Miami pasando por mercenarios de Alfa 66 o de la Fundación cubano-americana o contrarrevolucionarios, este último el más utilizado y de mayor versatilidad. Con tales encasillamientos ex profeso la gente no está comiendo catibías para salir a la calle con cartelones y los que lo hacen ahora reciben el trato que reciben las Damas de Blanco con un lirio en la mano. Para qué contarlo.

Aún cuando en la isla se constituya un estado de otro tipo, abierto, democrático, de derecho, la gente estará sobrecogida ante la posibilidad de salir a manifestarse y expresar sus inquietudes y pedidos.

Y de final puedo decir que en estados de este tipo como España, por ejemplo, las leyes abrigan normativas dirigidas a remover funcionarios de todos los niveles cuando sus estándares de ejecutoriedad son negativos. Por supuesto que se necesita de la información para establecer la queja o demanda de manera consistente, pero el mecanismo legal existe y es viable, sólo requiere de lo más importante: un líder que encamine los esfuerzos agrupados en una dirección inteligente, visible, pública. Esta conducta arremeda todas las instituciones democráticas del país determinado y requiere de una cobertura constante de los medios. Es efectiva.

Las multitudes sirven para remover y desmantelar ejecutivos completos, no es el caso de España sí de Cuba; el Sr. Gene Sharp lo detalla con lujo y también para distribuir responsabilidades. En una muchedumbre es difícil identificar un rostro por ello se diluye la responsabilidad personal y con ella el compromiso y el comprometimiento. Es un último recurso.

Jorge B. Arce. Miami, y no de la Mafia.

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